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Desde que se puso en marcha, en agosto de 2006, el nuevo DNI electrónico, se han expedido 22.384. Actualmente, se expiden unos 1.000 al mes |
7 de mayo de 2008.- El subdelegado del Gobierno en Soria, Germán Andrés, ha visitado hoy la Oficina de Expedición de Documentos de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía donde ha hecho un balance del servicio de expedición del DNI electrónico desde que empezó a funcionar en agosto de 2006 y ha informado de que “con el objeto de mejorar la calidad del servicio que se presta a todos los ciudadanos en las Oficinas de Documentación de Españoles -Expedición del Documento Nacional de Identidad y del Pasaporte-, desde mañana, se ha puesto en funcionamiento un sistema de cita previa a través de un único número de teléfono que opera a nivel nacional”. En este teléfono se atenderán las demandas de los ciudadanos para establecer el día y la hora en la que se desee tramitar tanto la primera expedición como la renovación del D.N.I. electrónico y del pasaporte digital. El teléfono en el que se debe concertar la cita es el 902 247 364. Esta línea de atención al ciudadano está disponible, en locución automática, las 24 horas del día todos los días del año. Las llamadas serán atendidas de forma personal por un operador de 9 a 18 horas los días laborables, y de 9 a 14 horas, los sábados. De igual forma se puede obtener cita para la expedición o renovación del DNI en la página de Internet www.citapreviadni.es. Desde que se expide en Soria el nuevo DNI, se han entregado un total de 22.384 documentos de los cuales, 18.983 son del nuevo documento y 3.401, del antiguo. Además, también se han hecho 5.360 pasaportes. En 2008, se han expedido 4.084 documentos nacionales de identidad de los cuales 4.041 son electrónicos y 43, no electrónicos. En cuanto a pasaportes, en lo que llevamos de año se han expedido 1.219. Según ha significado el subdelegado, se vienen expidiendo, por término medio, unos 1.000 DNIes mensuales. Se nota un ligero repunte, hasta los 1.200, en los meses de julio y agosto INFORMACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL D.N.I. ELECTRÓNICO PRIMERA INSCRIPCIÓN Para solicitar la expedición del Documento Nacional de Identidad será imprescindible la presencia física de la persona a quien se le haya de expedir, el abono de la tasa legalmente establecida en cada momento y la presentación de los siguientes documentos: • Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente. A estos efectos únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de tres meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad. • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 mm, con fondo uniforme claro liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona. • Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes. CIUDADANOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Los españoles que, residiendo en el extranjero, soliciten les sea expedido un DNI deberán aportar, además de los mencionados, los siguientes documentos: • Partida de nacimiento expedida por el Consulado o Registro Civil donde esté inscrito, tal como se hace para todos los casos. • Certificado de acreditación de residencia, expedido a los solos efectos de obtener el DNI, por el Consulado español en donde figura inscrito, en el que se haga constar el número de inscripción Consular, país de residencia, localidad, calle y número en donde en dicho país esté domiciliado. RENOVACIÓN DEL D.N.I. • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme claro liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona. • El DNI anterior. • En caso de variación de datos de filiación, Certificado del Registro Civil. • El extravío, sustracción, destrucción o deterioro del Documento Nacional de Identidad, conllevará la obligación de su titular de proveerse inmediatamente de un duplicado, que será expedido en la forma y con los requisitos indicados para la renovación. La validez de estos duplicados será la misma que tenían los Documentos a los que sustituyen, salvo que éstos se hallen dentro de los últimos 90 días de su vigencia, en cuyo caso se expedirán con la misma validez que si se tratara de una renovación. CIUDADANOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Los españoles que, residiendo en el extranjero, soliciten les sea expedido un Documento Nacional de Identidad deberán aportar, además de los mencionados, los siguientes documentos: • El Certificado de acreditación de residencia anteriormente citado para demostrar que continúa siendo residente en el extranjero, con especificación del país, localidad, calle y número. Una vez confeccionado y expedido el DNI la entrega será efectuada a través del Consulado en que figure inscrito el interesado. Cuando se trate de la expedición del DNI, tanto en primera inscripción como en renovación, de un titular cuya residencia en el extranjero haya finalizado, deberá presentar certificado del padrón municipal o justificante de que ha solicitado su inscripción como residente en la población que figurara en el documento que se va a renovar. Los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero, tan pronto trasladen su residencia a España, aún cuando se trate de expediciones con validez permanente, deberán renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio. INFORMACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL PASAPORTE MENORES DE EDAD Si el menor ya tiene DNI en vigor: una fotografía formato DNI, libro de familia y presencia de padre tutor o representante legal provisto de su DNI igualmente en vigor, pago de la tasa establecida. Si el menor no tiene DNI: partida literal de nacimiento, libro de familia y presencia de padre tutor o representante legal provisto de su DNI igualmente en vigor, pago de la tasa establecida. MAYORES DE EDAD DNI en vigor, una fotografía formato DNI y pago de la tasa establecida. En la expedición del pasaporte no será preciso aportar fotografía si se está en posesión del DNI-electrónico en vigor. Si se dispone de pasaporte en vigor deberá ser aportado en el momento de proceder a la obtención de uno nuevo.
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